AUTO CONSTITUCIONAL 0490/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0490/2018-RCA

Fecha: 12-Dic-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 5 y 13 de noviembre de 2018, cursantes de fs. 11 a 14 vta.; y, 27 a 33, la accionante manifestó que el Consejo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UMSA, por Resolución 1404/2018 de 28 de septiembre, aprobó la Convocatoria a Elecciones para Decano y Vicedecano gestión 2018-2021. Posteriormente, el 24 de octubre de ese año, por nota dirigida a las autoridades de la misma Facultad como al Presidente del Comité Electoral, solicitó que dicha Convocatoria quede sin efecto y en su lugar se dicte una nueva en el marco de lo previsto en la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia -Ley 348 de 9 de marzo de 2013-; toda vez que, se omitió solicitar entre los requisitos la certificación determinada por el art. 13.I de dicho cuerpo legal, el cual dispone que para el acceso a un cargo público, sea mediante elección, designación, nombramiento o contratación, se considerará como un requisito inexcusable el no contar con antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o cualquier miembro de su familia, que tenga sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada. El Sistema Integral Plurinacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en razón de Género (SIPPASE) certificará los referidos antecedentes.

Por lo anotado, la previsión normativa contenida en el art. 13.I de la Ley 348  se constituye en un mandato imperativo que debe ser cumplido por las autoridades de la UMSA. Empero, a pesar de ello, el Rector de esa casa superior de estudios pronunció la Resolución Rectoral 0683 de 4 de octubre de 2018, aprobando la misma, sin considerar que el hecho de no contemplar lo que establece la citada norma, es contrario a lo previsto en el art. 15.II y III de la Constitución Política del Estado (CPE), que se refiere al derecho de todas las personas, en particular las mujeres, de no sufrir violencia física, sexual o psicológica.