AUTO CONSTITUCIONAL 0511/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0511/2018-RCA

Fecha: 21-Dic-2018

1)

La Jueza Pública Civil y Comercial Octava del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 19 de noviembre de 2018, cursante a fs. 120 y vta., dispuso que en el plazo de tres días previsto por el art. 30.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), la accionante subsane lo siguiente: 1) Complemente sus generales de ley y domicilio real; 2) Señale si existe tercero interesado a fin de no lesionar sus derechos; 3) Explique de manera fundamentada cómo la Resolución impugnada vulnera los derechos constitucionales, debiendo guardar relación con la exposición de los hechos en los que se sustenta la acción tutelar; 4) Indique cuál la resolución que se acusa de vulneratoria, ya que mediante la acción de amparo constitucional se considera la última resolución dictada “…y no dos…” (sic) como se plantea; y, 5) Formule su petición en términos claros, mencionando qué se pretende con la acción tutelar formulada.