SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2018-S2

Fecha: 11-Dic-2018

1)

Arminda Quiroz Gutiérrez, Gerente General de la empresa NUDELPA LTDA., por informe escrito presentado el 3 de abril de 2018, cursante de fs. 62 a 71, y en audiencia, refirió que: 1) La audiencia de acción de amparo constitucional fue suspendida cuatro veces, situación que le ocasionó cuantiosos gastos; por lo que, solicitó se deje sin efecto el señalamiento de dicha audiencia; 2) La presente acción tutelar fue presentada fuera del plazo de los seis meses establecidos en el art. 129.II de la CPE; pues, la Conminatoria 05/2017, de reincorporación, se notificó a la empresa NUDELPA LTDA. el 14 de julio de 2017 y esta acción de amparo constitucional fue interpuesta el 26 de enero de 2018; es decir, seis meses y ocho días después de cumplido el plazo; 3) Por otro lado, respecto a la referida Conminatoria, esta debería cumplir “…los elementos mínimos de seguridad jurídica y respeto al DEBIDO PROCESO en su vertiente Fundamentación y Valoración Integra y completa de las pruebas aportadas por ambas partes…” (sic), caso contrario, la misma se vuelve inejecutable, así lo determinó la jurisprudencia constitucional, situación que se advierte con la aludida Conminatoria; y,                      4) Finalmente, en razón a lo expuesto y al precluir el derecho del accionante, solicita se deniegue la tutela impetrada.