Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2018-RCA
Fecha: 06-Feb-2018
I.2.
Los accionantes consideran lesionados sus derechos al debido proceso, a la educación, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia, a la impugnación, citando al efecto los arts. 9.5, 17, 115, 117.I, 119.II y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 y 12.4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 26.1 y 27.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; XXX y XXXI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 29.1 de la Convención sobre Derechos del Niño.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- improcedencia
- I.6. Trámite procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- comprende a los niños, niñas,
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- i)