AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2018-CA
Fecha: 19-Feb-2018
II.3. Análisis del caso concreto
En el presente recurso, los recurrentes sostienen que el Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero del departamento de Santa Cruz, al emitir la Resolución de 11 de julio de 2016, rechazando la demanda de nulidad de contrato y al encontrarse ejecutoriada la misma, luego de interpuesto el recurso de reposición habría perdido competencia, razón por la cual piden que todos los actos posteriores a dicha Resolución sean declaradas nulas.
Del análisis del recurso directo de nulidad, se tiene que los recurrentes, interponen el mismo contra los actos judiciales dictados por el Juez ahora recurrido, emitidos con posterioridad a la Resolución de 11 de julio de 2016, que rechazó la demanda ordinaria de nulidad de contrato; es decir, el Juez recurrido al retomar el conocimiento del proceso aludido que fue rechazado, habría perdido competencia para conocer esa demanda, por lo que los actos que hubiera emitido serían nulos; de donde resulta que el presente recurso se planteó contra los actos judiciales que hubiere emitido el Juez recurrido, hechos que se relacionan con el debido proceso y el juez natural. De acuerdo a lo establecido en el art. 146.1 del CPCo y la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico precedente, las supuestas infracciones al debido proceso en los procesos judiciales o administrativos, primeramente deben tutelarse mediante los recursos ordinarios previstos en el ordenamiento jurídico y una vez agotados los mismos, en caso de persistir la vulneración al derecho y garantía fundamental, la vía idónea para tal reclamo es a través de la acción de amparo constitucional y no del recurso directo de nulidad, claro está siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en el Código Procesal Constitucional. En consecuencia, los fundamentos expuestos en la demanda no se acomodan a las causales de procedencia del recurso directo de nulidad.
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso
- II.3. Análisis del caso concreto