AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2018-RCA

Fecha: 21-Feb-2018

I.1. Síntesis de la solicitud de parte


Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2017, cursante de fs. 266 a 270, el accionante manifiesta que fue sometido a un proceso disciplinario por encubrimiento de faltas graves, no sancionarlas, denunciarlas, y omitir el parte de novedades administrativas con relación al manejo logístico de la Unidad o Servicio Policial. Debido a esta situación, en un mal procedimiento jurídico instaurado conforme al Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, fue sancionado con tres meses de suspensión de funciones sin goce de haberes, y la pérdida de su antigüedad.

Sostiene que en la investigación seguida en su contra se vulneró sus derechos constitucionales al debido proceso, a la defensa, a una justicia pronta y sin dilaciones, garantizados y protegidos por los arts. 115.II, 116 y 117 de la CPE, además de contravenir los arts. 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y (PIDCP); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; considerando que, la aplicación ilegal e inconstitucional del art. 12 en sus numerales 5 y 14 de la LRDPB, desencadenaría la flagrante violación de los derechos fundamentales antes mencionados y otros colaterales, como los derechos al trabajo, a la salud, a la remuneración, principio de inocencia y otros, desnaturalizando el valor fundamental de la justicia social para vivir bien, por cuanto la tipificación realizada en la norma impugnada estarían fuera del contexto objetivo, que permitió una acusación fiscal carente de objetividad y alejada del marco normativo, además de no valorarse las pruebas que presentó en su descargo que desvirtúan dicha acusación.