Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2018-CA
Fecha: 21-Feb-2018
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional; resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, interpuesta por Jhonny Paul Pinto Phillips y Johnny Fernando Cárdenas España, Presidente y Vicepresidente, respectivamente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerín del departamento del Beni.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- I.2. Petición
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería.
- 4.
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR