AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2018-RCA

Fecha: 21-Feb-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 13 de noviembre 2017, cursante de fs. 165 a 171, la accionante a través de su representante legal, manifiesta que habiéndose suspendido la renta de viudedad que cobraba en su favor en la ciudad de Santa Cruz, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) emitió nota de cargo en su contra, determinando una supuesta deuda contraída por cobro indebido por nuevas nupcias, evidenciándose que dicha institución tenía pleno conocimiento de su domicilio real en el departamento de Santa Cruz y no correspondía ser notificada mediante edictos de prensa en la ciudad de La Paz con la Resolución de suspensión de la renta de viudedad.

Así, dentro del proceso coactivo social seguido por el SENASIR, como primer acto interpuso un incidente de nulidad de obrados por la flagrante vulneración de su derecho a la defensa, solicitando a la Jueza de la causa, anular obrados hasta que se proceda a su notificación conforme a procedimiento y en su domicilio real; sin embargo, la Jueza demandada, sin ningún fundamento jurídico mediante Auto interlocutorio de 18 de julio de 2016 rechazó el mismo, con el absurdo argumento de que el referido proceso coactivo social no puede alterarse por defectos producidos en el procedimiento administrativo.

De esta forma, interpuso recurso de apelación contra el señalado Auto interlocutorio, donde claramente refirió y fundamentó los agravios sufridos; pero, los Vocales demandados emitieron el Auto de Vista 51 de 8 de mayo de 2017, confirmando el fallo de la autoridad judicial de primera instancia, sin fundamentación, motivación ni congruencia y sin considerar ni pronunciarse sobre los agravios reclamados en el recurso de alzada.