AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2018-RCA

Fecha: 28-Feb-2018

I

Por memoriales presentados el 7 y 16 de noviembre de 2017, cursantes de fs. 4 a 8; y, 11 a 12 vta.; la accionante señala que dentro de la demanda laboral seguida en su contra por Patricia Rebeca Zabala Usnayo, se pronunció Sentencia por la que determinó el pago de Bs45 071,33.- (cuarenta y cinco mil setenta y uno 33/100 bolivianos), por concepto de pago de beneficios sociales y asignaciones familiares, encontrándose concluido y en ejecución de sentencia.

Refiere que, por Auto Interlocutorio de 13 de octubre de igual año, el Juez ahora demandado dispuso se libre mandamiento de apremio, si dentro del tercer día no se cancelaba la suma condenada, motivo por el cual, el 16 de ese mes y año presentó memorial solicitando la ampliación de plazo para el pago establecido, sin embargo el Juzgador hizo caso omiso; motivo por el que el 23 del mismo mes y año, pidió la corrección y desestimación del mandamiento de apremio, argumentando encontrarse en estado de gestación, e inclusive solicitó fotocopias legalizadas del expediente en su integridad, obteniendo como respuesta la modificación del Auto Interlocutorio mencionado en virtud a los arts. 4 y 56 del Código Procesal del Trabajo (CPT), sustituyendo la frase: “…hasta que ce cancele manteniéndose incólume en lo demás…”(sic), sin tomar en cuenta la ampliación solicitada, en pleno conocimiento de su estado de gravidez.

Posteriormente por escrito de 27 del citado mes y año, pidiendo fotocopias legalizadas de todo el expediente y además anunció la interposición de una acción de amparo constitucional, con la finalidad de que pueda evaluar de forma objetiva su situación de embarazo; empero, le fue negada, no sólo en cuanto a la extensión de fotocopias simples o legalizadas, sino a considerar se le otorgue un plazo para la cancelación de lo adeudado, vulnerando con ello sus derechos.