Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-ECA
Fecha: 16-Feb-2018
a)
Por ello finalmente, los impetrantes piden que este Tribunal Constitucional Plurinacional “…deliberando en el fondo deniegue la tutela impetrada por el accionante…” (sic), y al efecto solicitan: a) Se complemente y enmiende concediendo la tutela únicamente con relación al debido proceso en su elemento congruencia; y, b) Se explique las razones de hecho y derecho del porqué no fue considerada la prueba documental consistente en la Resolución de Rechazo de la querella referida.