Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2018-CA
Fecha: 12-Mar-2018
por una sola vez
Asimismo, el art. 81.I del mismo cuerpo legal, en cuanto a la oportunidad dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia” (las negrillas son nuestras).