SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018-S4
Fecha: 07-Mar-2018
a)
Félix Cirilo Paz Espinoza, Juez Público de Familia Quinto del departamento de La Paz, presentó informe escrito, cursante de fs. 11 a 12, refiriendo lo siguiente: a) En el Juzgado que corre a su cargo, se viene sustanciando un proceso de asistencia familiar seguido por Zenobia Tapia Barrera contra Luis Alberto Fernández, dentro del cual, se solicitó y aprobó la liquidación de asistencia familiar adeudada por el precitado, consistente en la suma total de Bs2 527.- (dos mil quinientos veintisiete bolivianos) a favor de su hija; ordenándose en consecuencia, mediante Auto de 1 de febrero de 2017, el pago dentro del tercer día; actuado con el que fue notificado el deudor el 7 del señalado mes y año; b) Al no haber cancelado la suma indicada, por Auto de “44” de abril del citado año, se dispuso la emisión del mandamiento de “aprehensión” contra el obligado, con el que fue notificado el 8 de mayo del mencionado año; c) El 23 de mayo de 2017, fue expedido el mandamiento de apremio, entregado por el Oficial de Diligencias de su Juzgado al Penal de “San Pedro” el 26 del mismo mes y año, tomando en cuenta que el obligado se encontraba detenido en dicho recinto penitenciario por otra causa; y, d) El 11 de octubre del citado año, Luis Alberto Fernández presentó memorial anunciando el cumplimiento de la asistencia familiar adeudada y en consecuencia, solicitó su libertad, petición que fue deferida favorablemente ese día, habiéndose emitido el mandamiento de libertad en las primeras horas del 12 del referido mes y año, y entregado el mismo al Penal de “San Pedro” en el día.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la libertad personal y la posibilidad de su restricción limitada sólo a los casos señalados por la ley
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR