AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2018-CA

Fecha: 18-Abr-2018

rechazó

Por Resolución 007/2018 de 11 de enero, cursante de fs. 316 a 321, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, con los siguientes fundamentos: a) Según el            art. 12.17 de la LRDPB, debe considerarse que todo servidor público policial responde a los resultados que emergen de sus funciones, deberes y atribuciones, por lo que, este precepto no vulnera la Ley Fundamental; b) En cuanto al           art. 12.19 de la referida Ley, se tiene que la acción interpuesta carece de fundamentación fáctica y jurídica porque no identifica la forma en que este precepto vulnera los derechos al debido proceso, a la defensa, al juez natural, al trabajo, entre otros; asimismo, en todas las etapas del proceso administrativo, los procesados gozaron del derecho al debido proceso; y, c) La norma cuestionada goza de presunción de constitucionalidad; ya que, en ninguna de sus partes atenta contra los derechos alegados por los accionantes.