Sentencia Constitucional Plurinacional 0108/2018-S1 de 10 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0108/2018-S1 de 10 de abril

Fecha: 10-Abr-2018

aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido

Al respecto la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente Voto disidente, señaló que la acción de libertad innovativa tiene por finalidad tutelar la vida, la libertad física y de locomoción, frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión tales derechos, aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido, con el propósito fundamental de evitar que en lo sucesivo, no se reiteren ese tipo de conductas por estar reñidas con el orden constitucional.

En el caso en análisis, al constatarse que la remisión del recurso de apelación incidental se produjo el 22 de noviembre de 2017, dieciocho minutos antes de la celebración de la audiencia de acción de libertad por el Juez de garantías, y al haber desaparecido el supuesto acto vulneratorio, debió aplicarse la acción de libertad innovativa a tiempo de confirmar en todo la Resolución 016/2017 emitida por el Juez de garantías y conceder la tutela solicitada, en virtud a este fundamento; exhortándose a no incurrir en estas conductas contrarias al orden constitucional y que en lo futuro se eviten cometer las mismas.