SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2018-S1

Fecha: 23-Abr-2018

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 200/2017 de 7 de diciembre, cursante de fs. 16 a 20, concedió la tutela solicitada, disponiendo que a la brevedad posible la autoridad demandada señale audiencia de cesación a la detención preventiva; bajo los siguientes argumentos: i) El art. 125 de la CPE, refiere “que toda persona que considere que su vida esté en peligro, que es ilegalmente perseguido o que es indebidamente procesado o privada de libertad personal, podrá interponer acción de libertad” (sic), sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o autoridad competente en materia penal, conforme este presupuesto el demandante de tutela interpone la presente acción; toda vez que, estuviese indebidamente procesado; ii) Concerniente a la celeridad procesal vinculada al derecho a la libertad, la SC 0900/2010-R de 10 de agosto, establece la celeridad con la que ciertos actos procesales deben llevarse a cabo en virtud de encontrarse comprometido el derecho a la libertad física, aun cuando en la normativa pertinente no exista un plazo mínimo; iii) En cuanto a la tramitación de la solicitud de cesación a la detención preventiva a manera de fundamentación la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, estipuló que toda autoridad jurisdiccional que conozca una solicitud de un privado de libertad debe tramitar la misma con la mayor celeridad posible, lo contrario provoca efectos dilatorios sobre los derechos del detenido; y, iv) De la revisión del cuaderno de investigación se estableció que, la autoridad demandada suspendió la referida audiencia sin señalar otra a la brevedad posible.