AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2018-CA
Fecha: 08-May-2018
rechazó
Por Resolución 236/2018 de 18 de abril, cursante a fs. 18 y vta., el Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Oruro rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El peticionante incurrió en un error e incongruencia, al presentar el incidente de extramuro y a la vez el “…recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad…” (sic); ya que, debió aguardar que se admita el referido incidente y sea tramitado para posteriormente formular el “recurso indirecto” de inconstitucionalidad, por ende no se abrió la instancia en la que pueda formular el “…incidente de inconstitucionalidad…” (sic); y, b) Con carácter previo, mediante proveído de 11 de abril de 2018, dispuso que el ahora accionante aclare su petitorio, sin embargo el mismo no se pronunció al respecto.
- Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Oruro
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- rechazó
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR