AUTO CONSTITUCIONAL 0160/2018-CA
Fecha: 16-May-2018
II.1. Marco normativo constitucional y legal
A su vez, el art. 74 del CPCo, otorga legitimación activa para interponer esta acción a la: “…Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional o de los Órganos Legislativos de las Entidades Territoriales Autónomas, las máximas autoridades ejecutivas de esas Entidades Territoriales Autónomas, así como la Defensora o el Defensor del Pueblo”.
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- I.2. Petición
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- nuestra Norma Suprema, determinaron también un nuevo marco procesal constitucional que, bajo el criterio de ‘especialidad’, introdujo una serie de nuevos procedimientos tanto para el control tutelar, el control normativo y el control competencial, con objetos y ámbitos de aplicación específicos y concretos para la sustanciación de situaciones jurídicas particulares puestas bajo arbitrio de la jurisdicción constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR