Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2018-RCA
Fecha: 16-May-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
Argumentan que previo a plantear la presente acción de defensa, no interpusieron ningún medio de defensa o recurso ordinario que a la fecha se encuentre pendiente de resolución y que el fallo del recurso jerárquico no es susceptible de recurso ulterior en la vía administrativa; por lo que, al haberse agotado todos los medios de reclamación e impugnación está justificada debidamente la procedencia de la acción de amparo constitucional.
- Fragmento 1
- CONFIRMAR
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados