Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Auto Constitucional Plurinacional 0027/2018-O de 28 de mayo
Fecha: 28-May-2018
II. CONCLUSIÓN DE LA DISIDENCIA
Conforme a lo expuesto, correspondía que dentro de una labor de secuencia procesal-constitucional de viabilidad de la problemática planteada, se asuman consideraciones y aclaraciones previas inherentes a la connotación y efecto subsecuente del proceso constitucional dentro del cual se formuló la “queja por incumplimiento” -acción de inconstitucionalidad concreta-, y en base a ello respaldar la determinación asumida.