Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0044/2018
Fecha: 28-May-2018
II.6.
II.6. Marcelina Poma Laime, Presidenta del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos, por memorial presentado el 10 de mayo de 2018, solicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional adhesión a la consulta de constitucionalidad de pregunta de referendo aprobatorio de la Carta Orgánica del referido Municipio (fs. 59).
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PALOS BLANCOS? Opción SI - Opción NO
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PALOS BLANCOS? SI - NO
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- III.2. Naturaleza jurídica del control previo de constitucionalidad de preguntas para referendo
- Por lo que, el control normativo de constitucionalidad, está diseñado para precautelar el principio de supremacía de la Constitución a través de la verificación en cuanto a compatibilidad de contenido de toda norma de carácter general con el bloque de constitucionalidad
- III.3. Sobre el referendo y la legitimación activa
- respecto a la legitimación
- 1. A iniciativa estatal, la Presidenta o el Presidente de la instancia legislativa que promueva la iniciativa de referendo o la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, cuando corresponda
- entonces, sea que se trate de iniciativa popular como una de las formas de ejercer la democracia directa y participativa, o mediante iniciativa estatal, inexcusablemente la autoridad legitimada para formular la consulta sobre la constitucionalidad de una pregunta para referendo deberá promoverse mediante las citadas autoridades, en razón a que son quienes ostentan esa calidad o condición por disposición legal
- La legitimación
- Presidenta o el Presidente de la instancia legislativa que promueva la iniciativa de referendo, que resulta ser el Concejo
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- pregunta cerrada y directa
- a) Claridad
- 1°
- 2° Disponer