SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2018-S2
Fecha: 22-May-2018
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
El 19 de diciembre de 2017, a horas 7:30, luego de haber concluido su actividad física (trotar) se dispuso a retornar a su domicilio ubicado en la calle Quiñumani 1124, zona Cosmos 79 de El Alto; empero, en inmediaciones de su señalada vivienda fue interceptado por una mujer de civil, quien al vociferar el nombre de Willy, le respondió que era su persona, instante en el cual, se le aproximaron otras personas identificados como oficiales de policía (tenientes), quienes lanzándole palabras soeces, le preguntaron de donde habría adquirido el teléfono celular que llevaba, al responderle que lo habría obtenido en el “barrio chino”, en tono amenazante le adujeron que tenían un mandamiento de allanamiento, al cual accedió sin excusa alguna, pero al no encontrar nada en la ejecución del allanamiento de su domicilio, procedieron a aprehenderlo y lo condujeron a las oficinas de la FELCC, donde nuevamente le interrogaron por el señalado celular, al ser presionado por las agresiones que le propinaban, sostuvo que fue su tío Víctor, quien le habría obsequiado dicho dispositivo, en ese ínterin apareció su nombrado tío, a quien también lo aprehendieron y llevaron a celdas policiales, donde permanecen privados de libertad.