SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2018-S3

Fecha: 16-May-2018

III.

Con relación al mismo, este Tribunal mediante la SCP 0220/2015-S2 de 25 de febrero, señaló: «El art. 24 de la CPE señala: Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario”.

  Este derecho se encuentra (…) desarrollado en el art. 24 de la actual   Constitución Política del Estado (CPE), cuando sostiene que:Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario”.