SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2018-S3
Fecha: 19-Jun-2018
Fragmento 10
De acuerdo a los antecedentes que cursan en el expediente, se tiene la Sentencia 013/2013 de 22 de octubre, por la que se declaró al acusado David Vera España Quisbert autor, de la comisión del delito de giro de cheque en descubierto, tipificado en el art. 204 del CP, sancionándole a pena de reclusión de tres años y tres meses a cumplirse en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, más el pago de cien días multa a razón de Bs5.- (cinco bolivianos) por día, y el resarcimiento del daño y costas a favor del querellante (Conclusión II.1); asimismo, consta providencia de 5 de enero de 2018, emitida por la autoridad demandada, en la que responde al recurso de reposición planteado por el ahora accionante, señalando que no corresponde aplicar al caso en cuestión la Disposición Transitoria Segunda del Código del Sistema Penal, entendiendo que no se trata de un proceso en curso, sino, de una causa concluida con sentencia condenatoria ejecutoriada (Conclusión II.2).