SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2018-S2

Fecha: 18-Jun-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías pronunció la Resolución 02/2018 de 19 de enero, cursante de fs. 46 a 48 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante refiere que fue beneficiada con medidas sustitutivas de la detención preventiva en una audiencia de medidas cautelares, precisamente porque el Ministerio Público la imputó por la presunta comisión del delito de estafa en grado de complicidad y se habría librado mandamiento de libertad a su favor, previas formalidades administrativas; b) Estando en libertad la accionante, en el momento en el que salía de las oficinas de la FELCC, personas que la reconocieron como supuesta autora del delito de estafa pretendieron agredirla, ante esta situación la Policía realizó una acción directa y la aprehendió dando parte al Ministerio Público como director funcional de la investigación; c) De lo manifestado tanto por los codemandados Gonzalo Felipe Medina Sánchez y Jhony Paxi Quispe, se tiene que la Policía solo actuó en cumplimiento de la acción directa realizada por particulares y resguardando los derechos económicos de las víctimas; y, d) El art. 32 del CPP, otorga competencia a los jueces o tribunales de sentencia que actúan como tribunales de garantías constitucionales y en el presente caso este Tribunal está compuesto por tres Jueces Técnicos, dos de ellas tienen la convicción de que existe flagrancia y consiguientemente correspondía la acción directa, por cuanto concurriría lo previsto por el art. 230 del CPP, razón que determina la denegatoria de la tutela impetrada.