SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2018-S2

Fecha: 18-Jun-2018

III.2. Análisis del caso concreto

Ahora bien, la aprehensión antes descrita se constituye en el acto lesivo que se denuncia en la presente acción de libertad, por cuanto la accionante indica que dicha aprehensión habría sido realizada al margen de la ley y vulnerando el debido proceso; toda vez que, la Policía no podía nuevamente privarle de libertad al haberse determinado en su favor medidas sustitutivas; sin embargo, debe tomarse en cuenta que la aprehensión de referencia está relacionada a la presunta comisión de un hecho delictivo, que deberá determinarse si es el mismo por el que fue cautelada o si se trata de otro hecho de estafa; empero, este extremo así como la legalidad o ilegalidad de la aprehensión realizada no puede ser analizada por la presente acción de libertad, dado que, la misma fue presentada por la accionante sin previamente recurrir a la autoridad jurisdiccional competente, que en su caso podrá ser el Juez de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz que es la autoridad que conoce el caso por estafa FIS 1721626 en el que se dispuso medidas sustitutivas a su favor; o en su caso el Juez de Instrucción Penal al que se hubiese dado el aviso de inicio de investigación si se trataría de otro hecho delictivo distinto; con la aclaración que en este último supuesto al haberse presentado la acción de libertad de forma inmediata a su aprehensión y al estar relacionada a un hecho delictivo, el término de aviso de inicio de investigación para el correspondiente control jurisdiccional, así como el plazo para la remisión ante la autoridad judicial se encontraban vigentes.

En tal sentido, al no agotarse previamente la denuncia ante la autoridad judicial que ejerce el control jurisdiccional del proceso, por el que fue aprehendida, corresponde la denegatoria de la tutela impetrada, al subsumirse la problemática planteada en una de las causales de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad.