SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2018-S4
Fecha: 27-Jun-2018
“…se dispone que pasen obrados a despacho a objeto de emitir la Resolución respectiva…”
Dentro del proceso penal sustanciado en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado; en el mes de febrero de 2017, solicitó salida alternativa de procedimiento abreviado, del cual, el Juzgado de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz, emitió la Sentencia 93/2017 de 6 de febrero incrementando la pena solicitada por el Ministerio Público. Presentado el recurso de apelación restringida, realizados los trámites correspondientes el 17 de abril del señalado año, se sorteó el mismo a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; sin embargo, hasta aquella fecha no existió Auto de Vista que resuelva la apelación planteada, siendo que el acta de 14 de junio de igual año, señaló “…se dispone que pasen obrados a despacho a objeto de emitir la Resolución respectiva…” (sic). Del certificado de permanencia y conducta, se determinó que Dimas Jacob Sinka Quispe se encontraba privado de libertad desde el 30 de junio de 2016, estando pendiente la emisión del Auto de Vista, generándole un obstáculo para poder ser beneficiado con lo que establece la Ley de Ejecución Penal y Supervisión –Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001–, pues no puede calificarse dentro del sistema progresivo por el hecho de que seguía registrado como detenido preventivamente.
- acción de libertad
- “…se dispone que pasen obrados a despacho a objeto de emitir la Resolución respectiva…”
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- sino también en forma posterior, como
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y la tutela del debido proceso en virtud al principio de celeridad cuando se encuentra directamente vinculado con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR