VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0337/2018-S2
Fecha: 18-Jun-2018
CONFIRMAR
Consiguientemente, a criterio de la suscrita Magistrada, el Tribunal de garantías al conceder la tutela impetrada, obró correctamente; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la SCP 0337/2018-S2 de 18 de junio, debió: CONFIRMAR la Resolución 9 de 1 de marzo de 2018, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos dispositivos establecidos por el Tribunal de garantías y conforme a los fundamentos jurídicos del presente Voto Disidente, dada la vulneración del derecho a la defensa técnica y material en la audiencia de apelación incidental de medidas cautelares, que devino en la lesión del derecho a la libertad física del accionante, al revocar las medidas sustitutivas impuestas.
- Fragmento 1
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- derecho a la defensa
- dimensión material
- a ser escuchado en proceso; a presentar las pruebas que estime pertinentes en su descargo
- sino también la notificación posterior de cada una de las actuaciones, pues a partir de ellas, el procesado podrá presentar todas las pruebas que considere demostrarán su inocencia
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- Fragmento 11