SCP 0362/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0362/2018-S1

Fecha: 26-Jul-2018

a)

El accionante alega la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, a la petición y a una justicia pronta y oportuna en la administración pública; así, como a los principios de buena fe y seguridad jurídica; señalando que: a) El 15 de noviembre de 2017, Ulises Rocabado Saat, Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial; y, Silvia Talamas Mendoza, Directora del Plan Regulador, ambos del GAM de “La Guardia” del departamento de Santa Cruz, rehusaron recepcionar su trámite de cambio de nombre y aprobación de plano de suelos de un predio ubicado en el Condominio privado cerrado “Laguna Azul” Villa Bella Vista y sin darle razones por escrito se limitaron de manera verbal a indicarle que existía una supuesta observación al plano del condominio que data del 2009, siendo estos mismos servidores públicos los que aprobaron el 6 de marzo de igual año el plano catastral de la parte vendedora, estando en la actualidad otros lotes del indicado condominio aprobados sin ninguna objeción; y, b) Jorge Morales Encinas, Alcalde del citado Gobierno Municipal, no dio respuesta a las tres notas presentadas el 27 de noviembre y 7 de diciembre ambos de 2017; y, 2 de enero de 2018, solicitando se acepte su trámite de cambio de nombre y otros, caso contrario se le niegue de manera fundamentada; no existiendo respuesta alguna, que justifique esta supresión a su derecho propietario; procede el silencio administrativo negativo que le deja en un estado de inseguridad jurídica, lesionando el principio de buena fe, que debe regir todo acto administrativo, no pudiendo realizar su inscripción, a pesar de que hace más de dos meses procedió a la cancelación del del impuesto municipal a la transferencia de bienes inmuebles.