Sentencia Constitucional Plurinacional 0310/2018-S1 de 9 de julio
Fecha: 09-Jul-2018
II.
La parte accionante denuncia la lesión de sus derechos a la propiedad privada, al comercio y al debido proceso; toda vez que, a horas 11:00 del 23 de diciembre de 2017, el Director del SENASAG - Cochabamba, sin explicación alguna, procedió al secuestró del vehículo y su mercancía de papa importada del Perú; ante una reiterada petición de devolución de sus documentos originales relativos a su mercadería, retenidos noche anterior, el 28 del citado mes y año, le devolvieron sus documentos; empero, pese a contar con el Permiso Fitosanitario de Importación de origen y destino, con el fin de causarle perjuicio hasta que su tubérculo se deteriore y sea sometida a su destrucción, recién el 29 del aludido mes y año, le notificaron con el Acta de retención de su mercancía y el Auto Inicial de Proceso Administrativo Sancionatorio 001/2017.
La parte accionante denuncia la lesión de sus derechos a la propiedad privada, al comercio y al debido proceso; toda vez que, a horas 11:00 del 23 de diciembre de 2017, el Director del SENASAG - Cochabamba, sin explicación alguna, procedió al secuestró del vehículo y su mercancía de papa importada del Perú; ante una reiterada petición de devolución de sus documentos originales relativos a su mercadería, retenidos noche anterior, el 28 del citado mes y año, le devolvieron sus documentos; empero, pese a contar con el Permiso Fitosanitario de Importación de origen y destino, con el fin de causarle perjuicio hasta que su tubérculo se deteriore y sea sometida a su destrucción, recién el 29 del aludido mes y año, le notificaron con el Acta de retención de su mercancía y el Auto Inicial de Proceso Administrativo Sancionatorio 001/2017.
- CONFIRMAR
- II.
- en base a ello, corresponde devolver la mercadería al impetrante de tutela al existir previamente un documento que acredita su legal internación, así como su inocuidad alimenticia
- ‘…a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- el derecho al debido proceso no solamente es exigible dentro de los procesos judiciales, sino que también abarcan a los procesos administrativos, jurisprudencia que no contradice los principios constitucionales;
- Se pretende garantizar el correcto ejercicio de la administración pública a través de la expedición de actos administrativos que no resulten arbitrarios y, por contera, contrarios a los principios del Estado de derecho. Ello en virtud de que ‘toda autoridad tiene sus competencias definidas dentro del ordenamiento jurídico y debe ejercer sus funciones con sujeción al principio de legalidad
- II.2. Lo resuelto por la