Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0340/2018-RCA
Fecha: 27-Ago-2018
i)
Argumenta que: i) No se puede agotar la subsidiariedad cuando se produce un inminente daño, con amenaza o vías de hecho, en el cual el peligro real afecta su derecho fundamental; ii) Se está en presencia de un daño no tolerable, sino grave y trascendente para los derechos de las personas; y, iii) Únicamente la garantía supra legal de esta acción sirve y es idónea porque las restantes no acuerdan el acceso adecuado a la protección debida y oportuna.