Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2018-S3
Fecha: 27-Ago-2018
a)
El accionante a través de su representante, ratificó el contenido íntegro de su acción de defensa y ampliándolo en audiencia añadió que: a) Transcurrieron diecinueve días desde la audiencia de rechazo a la cesación de la detención preventiva, sin que se hayan enviado los antecedentes al Tribunal de apelación; y, b) Fue vulnerado su derecho a la libertad y el debido proceso, además del principio de celeridad por incumplimiento de los plazos para remitir el recurso de apelación incidental.