SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2018-S3
Fecha: 10-Sep-2018
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 75/2018 de 24 de mayo, cursante a fs. 14 y vta., denegó la tutela solicitada, señalando que los alegatos expuestos en la acción de libertad, pretenden que la Médico Forense demandada cumpla con sus funciones propias, consiguientemente, al no tener ese alcance la presente acción tutelar, debe acudirse de manera directa ante el Director del IDIF, a efectos de que se instruya que la ahora demandada realice la valoración, en el plazo establecido por dicha institución; por lo que, no siendo este el medio idóneo para interponer el reclamo que hace de la afectación a su vida y a la salud, la demanda se torna en inviable.