Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0511/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
2° Disponer
2° Disponer dejar sin efecto el Auto de Vista 50/2018 de 21 de diciembre, pronunciado por los Vocales demandados; y, disponer que los actuales Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el plazo de veinticuatro horas de ser notificados, pronuncien una nueva resolución debidamente fundamentada y motivada, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente Voto Disidente.
- Partes:
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1.
- Fragmento 6
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa.
- II.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- denegar totalmente
- 2° Disponer
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)