AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2019-CA

Fecha: 30-Ene-2019

rechazar

Por Resolución 115/2018 de 4 de diciembre, cursante de fs. 29 a 31, el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura, resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: a) De la revisión del proceso disciplinario seguido contra la accionante, se tiene que la denuncia fue admitida (tal cual refiere el Auto de admisión de fs. 17 a 18, del expediente original), el 25 de mayo de 2018, fecha en la que estaba vigente el Reglamento de Régimen Disciplinario para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental aprobado por Acuerdo 20/2018 de 27 de febrero, teniéndose que en el artículo Quinto del Auto de Admisión establece: “‘que el reglamento aprobado por Acuerdo 20/2018 es el que está en actual vigencia’” (sic), es así que las diferentes disposiciones dentro el caso 212/2018, se subsumieron o los alcances del Reglamento aprobado por el Acuerdo precitado; y, b) Se establece que la presente causa no se acoge a los alcances del Reglamento aprobado por el Acuerdo 109/2015; en ese sentido, la accionante al exponer argumentos a efectos de buscar la inconstitucionalidad del Reglamento aludido, inobserva lo establecido en los arts. 73.2 y 79 del Código Procesal Constitucional (CPCo), que hacen referencia a la legitimación del accionante; es decir, para que la resolución del proceso (en este caso disciplinario) dependa de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción, “…teniéndose que en la presente causa se promueve erróneamente la inconstitucionalidad del Reglamento aprobado por el Acuerdo 109/2015, mismo que no estaba vigente a momento de admitirse la denuncia...” (sic).