SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Pertenecen al Sindicato Agrario Alba Rancho, siendo pobladores de la zona y estando reconocida su personería jurídica, de un tiempo a esta parte su comunidad se encuentra afectada por la Empresa Técnica Constructora y de Servicios OLMEDO LTDA. y personas naturales demandadas quienes procedieron a lotear sus terrenos ancestrales y construir casas precarias, llevando gente a vivir en ellas sin considerar que se trataba de un área protegida y territorio originario.
En tal mérito los demandados vendieron fracciones de terreno, afectando su área de pastoreo abriendo caminos y destrozando su medio ambiente a través de la contaminación de aguas y suelos además de la extracción no controlada de recursos naturales, deforestando y destruyendo el ecosistema, todo esto en franca contradicción a la norma que protege sus derechos y particularmente desobedeciendo la Resolución Administrativa (RA) 022/2019 de 25 de febrero pronunciada por el Director Departamental del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) que dispuso la prohibición de asentamientos, paralización de trabajos, impedimento de innovar y no consideración de transferencias en la zona.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2. Improcedencia de la acción popular ante hechos y derechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR