aclaraciÓn de Voto a la DCP 0081/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

aclaraciÓn de Voto a la DCP 0081/2019

Fecha: 27-Nov-2019

fin y función del

En ese sentido, a efectos de dar sustento a la presente aclaración de voto, es pertinente remitirnos a la Norma Suprema, específicamente a los arts. 9.4 de la Constitución Política del Estado (CPE) que dispone como fin y función del Estado el “Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución” y el 272 de la CPE, que norma la autonomía y sus implicancias en los siguientes términos: “La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones”.