AUTO CONSTITUCIONAL 0353/2019-RCA
Fecha: 19-Nov-2019
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 11 de octubre de 2019, cursante de fs. 40 a 52; los accionantes manifiestan que, a efectos de acreditar su legitimación activa para interponer la presente acción tutelar, adjuntan el kardex de pagos de matrícula efectuados a las carreras de fisioterapia, kinesiología y medicina de la Universidad del Oriente (UNO) subsede Tarija.
Añaden que a instancias del Ministerio y Vice Ministerio de Educación, se inició proceso Administrativo sancionador contra la Universidad Nacional del Oriente (UNO), habiéndose emitido la Resolución Administrativa (RA) 0226/2019 de 2 abril, que anuló de manera definitiva las matrículas de los estudiantes inscritos en las carreras de fisioterapia, kinesiología y medicina de la subsede académica de Tarija de la referida Universidad; habiéndose vulnerado en consecuencia, por las autoridades accionadas, su derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, congruencia, publicidad, oralidad, contradicción, valoración razonable de la prueba, derecho a la defensa irrestricta y derechos conexos como ser el derecho al estudio, toda vez que la referida Resolución Administrativa, junto a la RA 0317/2019 de 2 de mayo y Resolución Ministerial (RM) 0831/2019 de 30 de julio, emitidas por el Ministerio y Viceministerio de Educación, fueron pronunciadas, sin que se haya tomado en cuenta su declaración como estudiantes, vulnerándose el principio de publicidad oralidad y contradicción, afectando así, al derecho al estudio de cuatrocientos estudiantes.