SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2019-S3

Fecha: 15-Nov-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la investigación penal seguida en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del ilícito de destrucción y deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional, previsto en el art. 223 del Código Penal (CP), mediante Auto Interlocutorio 394/18 de 22 de noviembre de 2018, se determinó su detención preventiva en el Centro de Reintegración Social Renacer de Oruro, decisión que fue apelada.

Habiendo sido reparado el daño ocasionado, el 11 de diciembre de 2018, uno de los sindicados solicitó la cesación de la detención preventiva sobre la que el Juez Público de la Niñez y Adolescencia Segundo de la Capital del departamento de Oruro, emitió providencia de 13 del mismo mes y año sin dar curso a la audiencia manifestando que esté al recurso de apelación planteado, soslayando así los arts. “193 inc. b)” y 314 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA) que establecen que la apelación incidental no tiene efecto suspensivo, debiendo llevarse con total normalidad el control jurisdiccional correspondiente.