SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2019-S2

Fecha: 21-Nov-2019

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Interpuso recurso de apelación incidental contra la Resolución que rechazó la cesación a la detención preventiva, por cuyo motivo se fijó audiencia de consideración de apelación para horas 9:15 del 3 de abril de 2019; a horas 9:30 del mencionado día, la Secretaria de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, realizó el control respectivo; ante esa situación y no obstante que se encontraba retrasada su audiencia por más cuarenta minutos, hizo constar la presencia de su abogado y su persona, pero debido a que la misma se demoraba demasiado, a horas 10:15 su abogado por el lapso de cinco minutos fue a posponer otro actuado que tenía programado; sin embargo, en cuestión de un minuto, los Vocales hoy demandados, instalaron la respectiva audiencia y con el argumento de falta de fundamentación, de manera autoritaria, arbitrara, sin siquiera declarar la reserva del caso y haciendo caso omiso al pedido de su defensor, rechazaron su recurso y ordenaron la devolución de antecedentes ante el Juez de la causa.

El accionante alega la lesión de sus derechos al debido proceso, a la libertad, a ser oído por una autoridad competente, independiente e imparcial, citando al efecto los arts. 22; 109.I; 115.I y II; 116.I y 119.I y II; y, 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 7.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 9.1 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).