ACLARATORIO DE LA SCP 1161/2019-S2
Fecha: 31-Dic-2019
confirmar
La suscrita Magistrada, al momento de suscribir la SCP 1161/2019-S2 de 31 de diciembre, pronunciada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, manifiesta su conformidad con la parte dispositiva; es decir, con la decisión de confirmar la Resolución 07/2019 de 10 de mayo, emitida por el Tribunal de garantías; y, en consecuencia, denegar la tutela impetrada.
Sin embargo, a través del presente Voto Aclaratorio hace conocer su desacuerdo con la argumentación en sus Fundamentos Jurídicos y análisis del caso concreto, puesto que, considera que al tratarse de un caso en el que el imputado es un adolescente y que se trata de un delito de violencia sexual en el que la víctima es también una adolescente, correspondía ponderar los derechos en tensión aplicando criterios de protección reforzada en el marco de la protección inmediata que merece la víctima; conforme a los siguientes razonamientos:
- confirmar
- Fragmento 2
- II.1 Las condiciones materiales y formales para la validez de la aprehensión de adolescentes
- a)
- I.
- II.
- 1)
- II.2.1. El enfoque interseccional
- la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer
- mujer víctima de violencia sexual
- II.2.2. El enfoque interseccional para el análisis de la violencia hacia niñas y adolescentes mujeres
- III.
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- que los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser menor de edad o estar en situación socioeconómica desfavorable
- justiciabilidad
- tomando medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo, que las aliente a reclamar sus derechos
- Fragmento 17
- niñas
- IV.
- II.3. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 1161/2019-S2
- por las particularidades del caso se encuentra en tensión
- III. CONCLUSIÓN
- MAGISTRADA