El presente conflicto de competencias jurisdiccionales surgió a raíz de la demanda de resolución de contrato respecto a la transferencia de fracción de un lote de terreno ubicado fuera de la mancha urbana de la ciudad de Sucre, efectuada por Raúl Esc
Fecha: 18-Dic-2019
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2) Ahora bien, por los argumentos descritos, aparentemente correspondería otorgar la competencia a la Jueza Civil y Comercial Decimotercera de la Capital del referido departamento; sin embargo, las pruebas no se encuentran debidamente fundamentadas ni precisadas, considerando que a efectos de declarar competente a esa autoridad judicial, la jurisprudencia de este Tribunal Constitucional Plurinacional, señaló que si el predio en cuestión está destinado al uso de vivienda -lo que aparenta suceder en el presente caso-, este debió encontrarse en centros poblados o urbanos, siendo en dicho caso aplicables las normas del Código Civil; situación que en análisis no se evidenció, pues de los informes señalados, se advierte que la zona en la que se encuentra ubicado el inmueble en conflicto, recientemente fue fraccionada en lotes de terreno y se estaría comenzando a edificar construcciones; aspectos que no la convierten de manera automática en una zona poblada y mucho menos en urbana, no siendo suficiente para ello la existencia de unas cuantas construcciones; más todavía, cuando se estableció que se encuentra fuera del radio urbano y que tradicionalmente se desarrollaban actividades agrícolas; y,