Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1141/2019-S2
Fecha: 27-Dic-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 25 de junio de 2018, el Ministerio Público presentó requerimiento conclusivo de sobreseimiento a su favor, y a pesar que el Fiscal Departamental no se pronunció con la respectiva Resolución, permitiendo que transcurra el plazo de cinco días para ese efecto, dicho Ministerio Público acreditó al Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, la remisión del cuaderno de investigación a la Fiscalía Departamental y hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, permanece detenido preventivamente en el Centro Penitenciario de Palmasola del departamento de Santa Cruz; por lo que, con dicho accionar considera que se vulneró su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- Una vez transcurrido el lapso señalado, sin que el Fiscal Departamental se haya pronunciado en cualquiera de sus formas, el juez a cargo del proceso, dispondrá de oficio o a petición de parte la libertad inmediata del imputado sobreseído
- cumplido el plazo que, tiene el Ministerio Público para resolver la situación jurídica de un imputado, corresponde la libertad inmediata del detenido preventivo; pero previo señalamiento de audiencia, ello en atención a la interpretación sistemática de la jurisprudencia y la normativa vigente.
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- el 20 de noviembre de igual año, fue remitido al Fiscal Departamental
- Fragmento 17
- REVOCAR
- 2°
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho