Juristeca
Juristeca País
    0103/2019-S1 de 10 de abril
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    0103/2019-S1 de 10 de abril

    Fecha: 10-Abr-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONFIRMAR en parte
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
    • autoridades administrativas y/o judiciales
    • Razonamiento constitucional, que en ningún momento establece que el cumplimiento deba ser únicamente de una parte u otra de la conminatoria, sino más bien se entiende, que debe ser de la totalidad de la misma; toda vez que, al ser emitida por autoridad administrativa competente, previa constatación de los hechos denunciados, verificación de pruebas y aplicación de las normas legales laborales, tal como la misma SCP 0386/2015-S3 lo señala en sus fundamentos, no resultaría lógico establecer que deba
    • Motivo por el que corresponde cambiar la referida línea constitucional y establecer que a partir de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando se disponga el cumplimiento de una conminatoria, por parte de la jurisdicción constitucional, la misma debe ser entendida en el sentido que debe cumplirse la totalidad y no en una parte u otra
    • emitida la conminatoria por parte de las Jefaturas Departamentales de Trabajo y notificada legalmente, en cuanto al pago de salarios adeudados, que anteriormente establecía que debía ser dilucidada en la vía jurisdiccional ordinaria, por el cambio de línea, se establece que su cumplimiento
    • II.2.  Lo resuelto por la SCP
    • III.1.Análisis del caso concreto
    • 2° DENEGAR
    • Fragmento 10

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca