AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2019-RCA

Fecha: 01-Abr-2019

1)

Refiere que: 1) El Tribunal de garantías está facultado para declarar la improcedencia de la acción, siempre y cuando concurran las causales establecidas en el Código Procesal Constitucional, pero en la presente acción de defensa no concurren dichas causales, al haber agotado la vía ordinaria con el recurso de apelación incidental, no existiendo otro recurso ulterior conforme el art. 387 del CPP; 2) Mediante Auto de 13 de noviembre de 2018, dicho Tribunal dio por subsanado lo observado admitiendo la acción tutelar; empero de manera inusual, declaró la improcedencia mediante Resolución 04 de 11 de febrero de 2019, contraviniendo flagrantemente el principio de probidad determinado en el art. 178.I de la CPE, que sustenta la potestad de impartir justicia; y, 3) Con relación a la causalidad o nexo causal, la fundamentación de la vulneración del derecho a una resolución congruente y el debido proceso, están claramente plasmadas tanto en la demanda de la acción de amparo constitucional como en la subsanación.