AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2019-RCA
Fecha: 01-Abr-2019
1)
La Sala Constitucional Primera del departamento de Chuquisaca, por Auto 004/2019 de 20 de febrero, cursante a fs. 122 y vta., solicitó que en el plazo de tres días los accionantes subsanen los siguientes puntos: 1) Individualice el acto jurídico o resolución cuestionada y cómo se transgredieron sus derechos; 2) Puntualice cuáles son las medidas de hecho en que incurrieron los demandados; 3) Señale cuál es la normativa específica aplicable al caso en cuanto a los medios de impugnación en sede administrativa; 4) Precise los derechos y garantías vulnerados; 5) Señale por qué debe requerirse documentación al Tribunal Constitucional Plurinacional, aclarando si ya se presentó una anterior acción tutelar de la misma naturaleza; y, 6) Acredite el daño irreparable o irremediable para la consideración de la medida cautelar.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- 1)
- rechazó
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- comprende a los niños, niñas,
- d)
- e)
- h)