AUTO CONSTITUCIONAL 0116/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0116/2019-RCA

Fecha: 24-Abr-2019

II.3.  Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes, consta que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Resolución de 13 de marzo de 2019, declaró la improcedencia de la acción tutelar interpuesta, por considerar que no se observó el principio de subsidiariedad, dado que el accionante demostró haber formulado recurso de revocatoria contra el memorando DIR.GRAL.ADM.FIN.(PER) 444/2018 de 21 de agosto, y al haber sido rechazado, planteó recurso jerárquico, el mismo que se encuentra pendiente de resolución.

En ese contexto, es pertinente referir que el accionante demostró haber sido declarado judicialmente tutor legal de la menor YYY, quien adolece de Síndrome de Down (fs. 13 a 17), motivo por el cual corresponde aplicar al caso la excepción al principio de subsidiariedad y pasar a considerar la concurrencia de los requisitos de contenido previstos en la normativa procesal constitucional.