SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2019-S1

Fecha: 17-Abr-2019

Fragmento 14

Entendimientos jurisprudenciales, que establecen que los centros hospitalarios, ya sean públicos o privados, no pueden privar de libertad a una persona que recibió la prestación de sus servicios, por concepto de gastos hospitalarios efectuados, y ante su inobservancia, corresponde ser denunciado éste hecho mediante la acción de libertad, en el entendido que, existen vías y mecanismos procesales adecuados para el cobro de lo adeudado; no siendo admisible que procedan a la privación de libertad de un paciente, puesto que resulta ser una medida de hecho, que desde ningún punto de vista es aceptable, ya que implica la vulneración del derecho a la libertad, que es tutelado por la justicia constitucional.