Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 23 de noviembre de 2018, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dispusieron se levante la detención domiciliaria con escolta, decisión que fue notificada en audiencia, por lo que a partir de dicha fecha formalmente recuperó su derecho a la libertad y el derecho a locomoción; pese a ello, continúa custodiado por escoltas policiales, ya que no existiría el acta o un oficio escrito para el Comandante de la Policía, es decir se encuentra indebidamente privado de su libertad; por lo que existiendo una dilación indebida que incide en el derecho a la libertad, activa esta vía por pronto despacho para la recuperación de su inmediata libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y modificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- innovativa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte