VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0187/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0187/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

I.

La suscrita Magistrada expresa su disconformidad con lo resuelto en la                      SCP 0187/2019-S2 de 24 de abril, que confirmó la Resolución 04/2018 de 17 de octubre, emitida por la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera de La paz, -constituido en Tribunal de garantías- y denegó la tutela impetrada.

i)         Si bien el el Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, reconoce el derecho del empleador a impugnar la conminatoria de reincorporación a través de los recursos de revocatoria o jerárquico, conforme lo entendió la                     SCP 0591/2012 de 20 de julio[15] en una acción concreta de inconstitucionalidad, razonamiento jurisprudencial refrendado por la SCP 0177/2012[16] que de igual forma reconoció que el empleador puede a acudir tanto a la vía administrativa como la jurisdiccional laboral, para hacer valer sus derechos, subrayando que la concesión de la tutela es solo provisional; sin embargo, dichas sentencias fueron pronunciadas en base a la norma reglamentaria prevista en el DS 0495, aplicable únicamente a trabajadores comunes, esto es, que no están bajo la garantía de inamovilidad del art. 48.VI de la CPE;