ACLARATORIO DE LA SCP 0278/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0278/2019-S2

Fecha: 24-May-2019

I.

La suscrita Magistrada, al tiempo de suscribir la SCP 0278/2019-S2 de 24 de mayo, pronunciada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, manifiesta su conformidad con la decisión de confirmar la Resolución 20 de 21 de diciembre de 2018, emitida por el Tribunal de garantías; y en consecuencia, denegar la tutela impetrada.

Sin embargo, a través de este Voto Aclaratorio, manifiesto mi desacuerdo con la autolimitación que se realiza, en la propia Sentencia, respecto al examen de la Resolución de primera instancia, que también fue impugnada por el accionante; debiendo haberse sometido a control de constitucionalidad tutelar tanto el Auto Interlocutorio 191/18 de 19 de septiembre  y el Auto de Vista 271 de 23 de octubre, ambos de 2018; además considero que la referida Sentencia Constitucional Plurinacional debió asumir un enfoque de género a efectos de realizar un análisis integral del caso concreto; empero, a pesar de los criterios contrapuestos de ambos Magistrados respecto a estos cuestionamientos, no sometí la presente causa a un trámite para dirimir la misma, ameritando la Aclaración de Voto, con la finalidad de viabilizar su emisión, respetando los razonamientos efectuados por el Magistrado Relator.  

I.       Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna (las negrillas son nuestras), reconocimiento que correlaciona con la prohibición y sanción de las prácticas discriminatorias en los términos siguientes: